Requisitos de Impresion de CFD (Facturacion Electronica)

Según el Diario Oficial de la Federación del 14 de septiembre de 2010

Requisitos de las representaciones impresas de CFD

II.2.23.4.5. Para los efectos del artículo 29, fracción V, primer párrafo del CFF, las representaciones impresas del CFD, deberán cumplir con los requisitos señalados en el artículo 29-A, fracciones I a VII del CFF y contener lo siguiente:
I. La cadena original con la que se generó el sello digital. Tratándose de contribuyentes que adicional a la impresión del CFD, pongan a disposición de sus clientes el comprobante en su formato electrónico, podrán no incluir el requisito establecido en esta fracción.
II. Sello digital del emisor del CFD.
III. Número de serie del CSD del emisor del CFD.
IV. Número de referencia bancaria o número de cheque con el que se efectúe el pago (opcional).
V. La leyenda Este documento es una representación impresa de un CFD.
VI. Para los efectos de lo señalado en el artículo 29-A, fracción IV del CFF, se tendrá por cumplida dicha obligación en los casos de CFD´s que amparen una o más operaciones efectuadas con el público en general o con residentes en el extranjero que no se encuentren inscritos en el RFC, cuando en el mismo se consigne el RFC genérico a que se refiere la regla I.2.23.3.1.
VII. Para los efectos de lo señalado en el artículo 29-A, fracción VI del CFF, se deberán incluir adicionalmente los montos de los impuestos retenidos en su caso.
VIII. Unidad de medida, en adición a lo señalado en el artículo 29-A, fracción V del CFF.
IX. Hora, minuto y segundo de expedición, en adición a lo señalado en el artículo 29-A, fracción III del CFF.
CFF 29, 29-A, RMF 2010 I.2.23.3.1.

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